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  • A sanción del Gobernador NUEVAS FUENTES PARA INDERVALLE, REDISTRIBUCIÓN DE ESTAMPILLA PRO-CULTURA Y PRÓRROGA PARA TITULAR PREDIOS EN BUENAVENTURA Avance...

A sanción del Gobernador NUEVAS FUENTES PARA INDERVALLE, REDISTRIBUCIÓN DE ESTAMPILLA PRO-CULTURA Y PRÓRROGA PARA TITULAR PREDIOS EN BUENAVENTURA Avance...

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La Asamblea Departamental aprobó en tercer debate y remitirá para sanción, los proyectos de Ordenanza Nos. 441, 443 y 445 con los cuales respectivamente: fortalece con nuevas fuentes de financiación al deporte, redistribuye los recursos recaudos por la Estampilla Pro-Cultura y prorroga las facultades para adelantar la titulación de predios en Juanchaco, Ladrilleros y La Barra. A esta hora en sesión plenaria se estudia en segundo debate el Presupuesto para la vigencia fiscal 2011…

 

441 Por la cual se dictan disposiciones sobre nuevas fuentes de financiación para el deporte vallecaucano. Ponentes: Rubiel Antonio Muñoz Corrales y Jaime Aguilar Domínguez.

 

Se destina del presupuesto anual de inversión del Departamento financiados con recursos propios de libre destinación el 1.5% para el fomento del deporte, la educación física, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y los operadores deportivos; la Secretaría de Salud concurrirá y trasladará a Indervalle anualmente recursos de promoción y prevención en salud equivalentes a 4.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes; y la Secretaría de Educación hará lo propio en un monto de 2.000 s.m.l.m.v.

 

A partir de la vigencia de esta Ordenanza, Indervalle presentará a la Secretaría de Planeación los proyectos apalancados con estos recursos con el fin de obtener de la Secretaría de Hacienda, los respectivos desembolsos de manera mensualizada y que apalancarán proyectos específicos como: a) Infraestructura deportiva, capacitación o implementación deportiva: 3.000 s.m.l.m.v.; b) Programas de estilos de vida saludable: 1.000 s.m.l.m.v.; c) Centros de educación física: 3.000 s.m.l.m.v.; y d) Juegos intercolegiados y apoyo al deporte formativo: 2.000 s.m.l.m.v.

 

443 Por la cual se modifican los artículos 199 y 200 de la Ordenanza 301 de 2009 - Estatuto Tributario Departamental. Ponentes: Norberto Tascón Ospina y Ana Milena Ortiz Sánchez.

 

El artículo 199 del Estatuto Tributario queda así: Destinación: Realizadas las retenciones de Ley, la destinación del saldo del recaudo de la Estampilla Pro Cultura será girado directamente a: Secretaría de Cultura, Biblioteca, Inciva, Incolballet y Bellas Artes en los porcentajes estipulados.

 

El artículo 200 de la Ordenanza 301 de 2009, queda así: Del total recaudado de la Estampilla Pro Cultura por concepto de impuesto, se distribuirá de la siguiente manera: 10% para seguridad social del creador y gestor cultural, 20% para el Fondo de Pensiones y 10% para la Red de Bibliotecas Públicas. El restante 60% se distribuirá: 36% Secretaría de Cultura, 18% Inciva, 18% Incolballet, 18% Bellas Artes y 10% Biblioteca.

 

445 Por la cual se modifica la Ordenanza 302 de 2009 y se dictan otras disposiciones. Ponentes: Yiminson Figueroa Carabalí y Ana Milena Ortiz Sánchez.

 

Las facultades pro-témpore conferidas al Gobernador se prorrogan hasta el 30 de junio de 2011, para que adelante el proceso de titulación de predios en Juanchaco, Ladrilleros y La Barra. En marzo y junio próximos el Gobierno le deberá presentar a la Corporación un informe sobre los avances de la Ordenanza 302, aprobada por la Asamblea Departamental en beneficio de las comunidades de Buenaventura.


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Publicación: 29/11/2010
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