Carta al Presidente Santos DIPUTADOS SOLICITAN DESIGNACIÓN DE GOBERNADOR PARA EL DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA DE ACUERDO CON LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY
Santiago
de Cali; Agosto 18 de 2010
Señor
PRESIDENTE REPÚBLICA
DE COLOMBIA
Atte.
Dr. Juan Manuel Santos Calderón
Palacio
de Nariño
Bogotá
D.C.
REFERENCIA: Designación
de Gobernador para el Departamento del Valle del Cauca de acuerdo con la
Constitución y la Ley.
La
ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DEL VALLE DEL CAUCA, en su condición de la primera Corporación
del Departamento, solicita al Señor Presidente de los Colombianos y a su
Ministro del Interior y de Justicia Doctor Germán Vargas Lleras, con el respeto
debido y ante la incertidumbre que se ha creado en relación con la designación
de la persona que oficiará como Gobernador del Valle del Cauca, se aclare y
defina el procedimiento que se adoptará por parte de esa cartera para
reemplazar al Doctor JUAN CARLOS ABADÍA CAMPO, teniendo en cuenta que estamos
frente a una dualidad con el fallo del Honorable Consejo Superior de la
Judicatura y subsecuentemente con el concepto que rindiera el Honorable Consejo
de Estado, que al respecto establecen
que se debe llamar a elecciones para elegir Gobernador por lo que resta del período
constitucional y de otro lado está lo prescrito en la norma superior en su artículo
303 inciso último así:
“ARTÍCULO 303. Modificado por el artículo 1
del A.L. 2 de 2002:
(…)
Siempre que se presente falta absoluta a más
de dieciocho (18) meses de la terminación del período, se elegirá gobernador
para el tiempo que reste. En caso de que faltare menos de dieciocho (18) meses,
el Presidente de la República designará un Gobernador para lo que reste del
período, respetando el partido, grupo político o coalición por el cual fue
inscrito el gobernador elegido.”. Negrillas
y subrayado fuera de texto.
Literalmente, la
Carta Política en dicho articulado establece que en las circunstancias actuales
y reales en la que nos encontramos: “La destitución del Gobernador del Valle
del Cauca a menos de dieciocho meses de terminar su mandato constitucional para
el que fue elegido y que propicia la falta absoluta de la que reza el artículo
mencionado anteriormente”: se debe solicitar a los Partidos Políticos
legalmente reconocidos o a quienes inscribieron la candidatura para las
elecciones de gobernador en el respectivo Departamento, presentar una terna con
candidatos para escoger el nuevo Gobernador y que en su fuero constitucional,
Usted Señor Presidente seleccione el sucesor del Gobernador Abadía Campo.
Empero, la dualidad
que envuelve al departamento políticamente, lo deja en una incertidumbre
jurídica tal, que no sabemos si está legalmente designado por Decreto
Ministerial de la cartera del ramo, el gobernador encargado Dr. Francisco José Lourido
Muñoz, teniendo en cuenta que no fue presentado en una terna por quienes inscribieron
la candidatura a la Gobernación del Valle o en caso contrario, si se debe llamar
a elecciones en concordancia con el concepto jurídico del Consejo de Estado ó,
si se debe hacer caso a lo que dicta la norma superior en el caso sub-lite; de
una u otra forma a la postre urge que el Ejecutivo Nacional como Jefe de Gobierno,
dé directrices que coadyuven a declarar la certidumbre o certeza jurídica y se
deje claro de toda claridad el advenimiento de un nuevo gobernador, para que el
pueblo vallecaucano siga haciendo su camino dentro de su cometido y orientación
constitucional en pro de la comarca del Valle del Cauca, toda vez que los
grandes proyectos de desarrollo para la Región, plasmados en Ordenanzas
comienzan sus ejecutorias en éste y el próximo año, truncando con esta
situación el normal desarrollo de la región.
Con
atención y respeto,
DIPUTADOS
DEL VALLE DEL CAUCA
CC.
MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA