En vigencia Ordenanzas financieras ESTATUTO TRIBUTARIO DEPARTAMENTAL Y CESIÓN DE BIENES INMUEBLES A INFIVALLE `Premio Fiscal´ para contribuyentes de vehículos automotores.
La Asamblea del Valle del Cauca recibió debidamente sancionadas y publicadas las Ordenanzas No. 301 “Por medio de la cual se establece el Estatuto Tributario Departamental” y No. 300 “Por la cual se autoriza al Gobernador del Departamento, para ceder en propiedad al Instituto Financiero para el Desarrollo del Valle del Cauca -INFIVALLE- unos bienes inmuebles”. La primera, compendia todo lo relacionado con la tributación y sanciones, y crea un “Premio Fiscal”; mientras que la segunda tiene el propósito fundamental de capitalizar a Infivalle. Se recuerda que durante su discusión, sus ponentes fueron los diputados Mauricio Martínez Prado, Edgar Libardo Mejía Gallego y Marino Del Río Uribe.
El Estatuto Tributario compila las normas sobre: Monopolio de licores, Monopolio de alcohol potable, Impuesto al consumo de vinos, aperitivos y similares, Participación de licores, vinos, aperitivos y similares, Impuesto al consumo de cigarrillos y tabaco elaborado, Impuesto al consumo de cervezas, sifones y refajos, Participación de licores, cervezas, sifones y refajos, Impuesto sobre vehículo automotor, Sobretasa a la gasolina motor y al ACPM, Impuesto de registro, Impuesto de loterías foráneas, Impuesto sobre premios de loterías, Impuesto de degüello de ganado mayor y otros tributos como: Contribución dede valorización, Contribución para el deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, Contribución para la seguridad, y las Estampillas autorizadas: Pro-Universidad del Valle, Pro-Desarrollo Departamental, Pro-Cultura Departamental, Pro-Bienestar del Adulto Mayor, Pro-Hospitales Departamentales Universitarios, Pro-Salud Departamental y Pro-Seguridad Alimentaria y Desarrollo Rural.
En suarticulado la Ordenanza No. 301 considera el régimen procedimental y sancionatorio de los tributos y dispone la organización del Registro de Contribuyentes, Registro Automotor, Registro Departamental de Distribuidores y Expendedores de Gasolina Motor y ACPM, y Registro Departamental de Productores, Introductores, Importadores y Distribuidores de Productos Gravados con el Impuesto al Consumo, Participación de Licores y Regalías de Alcohol.
Como novedadrea en el artículo 332 el “Premio Fiscal” para el impuesto sobre vehículos automotores, mediante el cual la Administración podrá realizar rifas, sorteos o concursos, con las fotocopias de las declaraciones de este impuesto presentadas y canceladas ante las entidades financieras hasta el 31 de marzo de cada vigencia fiscal, las cuales deberán ser enviadas por los contribuyentes para participar en estos eventos. El valor global de los premios se establecerá en el Presupuesto Departamental y el Canal Regional de Televisión Telepacífico cederá gratuitamente los espacios necesarios para la debida promoción del premio y la realización de los sorteos que implique.
Mientras tanto la Ordenanza No. 300, que autoriza la cesión de la propiedad de unos bienes inmuebles del Departamento, a Infivalle, regirá hasta el 31 de Diciembre de 2010. Estos bienes deberán ingresar al patrimonio de INFIVALLE, a fin de fortalecer su capitalización, y en caso de enajenación estos recursos se distribuirán en su ciento por ciento al FONPET y al FODEPVAC.
Consulte el contenido de las Ordenanzas No. 301 y 300 en www.asambleadelvalle.gov.co “Ordenanzas 2009” y el listado de los bienes inmuebles a ceder en propiedad a Infivalle para su capitalización en el enlace “Secretaría General”.