SUSTENTACION DE VOTO NEGATIVO
La diputada Ana Milena Ortiz Sánchez, sustentó su voto negativo al proyecto de Ordenanza No. 413 en los siguientes términos:
“Por considerar que el argumento presentado para ceder en propiedad Bienes Inmuebles del Departamento del Valle del Cauca a una entidad financiera como lo es INFIVALLE, argumentado de paso, como en efecto lo es, que se mejorará el patrimonio de dicha entidad y así obtener una mejor calificación ante las entidades que evalúan los niveles de riesgo para `bancos de segundo piso´, no es válido y suficiente para proceder a entregar parte del Patrimonio de los (as) vallecaucanos (as) a un establecimiento de carácter público que aunque se caracteriza por haber manejado recursos financieros con seriedad, transparencia y eficiencia, esto no es indicativo de que a futuro estaría asegurada su viabilidad.
“Difícilmente se puede votar a favor de esta ordenanza, sin conocer a fondo, las actuales condiciones patrimoniales y la capacidad operativa de INFIVALLE, pues la ordenanza carece de la citada sustentación.
“Ceder bienes del departamento implicaría además que antes de aprobar la Ordenanza, se procediera a conciliar con el Ministerio de Hacienda y la Banca Comercial, la modificación del Convenio de Desempeño al que se encuentra sujeto el Valle del Cauca, este es requisito previo para aprobarla y no se puede obviar su cumplimiento.
“No tiene presentación que ante la importante reducción de las rentas del departamento, procedamos a autorizar el ceder bienes inmuebles entre los cuales se incluyen algunos que contribuyen a la prestación de servicios que implican el reconocimiento de derechos económicos y sociales a los sectores de más escasos recursos de nuestra sociedad (Hospital San José de Buga, Instituciones Educativas Agropecuarias -El Águila y Ginebra- Club Social y Deportivo Gobernación del Valle…).
“INFIVALLE no está a salvaguarda de las recurrentes crisis económicas que sufren los entes territoriales a los cuales les presta sus servicios, muchos de ellos, están abocados a posibles situaciones de insolvencia y/ó incapacidad de pago y/ó endeudamiento como resultado de las políticas de ajuste fiscal del modelo económico neoliberal acrecentado bajo este gobierno que los golpea fuertemente y que de presentarse una crisis general, imprevisible por cierto, conllevaría a que INFIVALLE colapsara y su patrimonio, es decir el patrimonio de los vallecaucanos se perdería.
“Al proceder a ceder nuestros bienes inmuebles, el Valle del Cauca perdería el poder sobre los mismos y estos, entrarían a ser prenda de garantía del patrimonio de INFIVALLE y no del departamento y mucho menos de los Fondos de Pensiones que se dice se fortalecerían.
“Me reafirmo en la decisión de votar negativamente este proyecto de Ordenanza, los argumentos presentados a la Duma Departamental por la principal autoridad jurídica del departamento, Dr. Raymundo Antonio Tello Benítez, a través del concepto jurídico que acompaña el proyecto de ordenanza con fecha del 16 de septiembre de 2009, recoge lo expuesto por la Secretaría de Desarrollo Institucional del 4 de septiembre de 2009 manifestando que: `Los bienes inmuebles del Departamento están avaluados catastralmente en aproximadamente $ 300.000 millones de pesos, los cuales hacen parte de los activos del Departamento, por tanto se encuentran contablemente registrados en la Secretaría de Hacienda ya que hacen parte del patrimonio del Departamento, por consiguiente al cederlos a INFIVALLE el Departamento del Valle perdería no sólo parte de su patrimonio sino que se descapitalizaría, lo cual iría en detrimento del ente territorial y en contravía de los programas de saneamiento fiscal consagrados en la Ley 617 de 2000´.
“A su vez este proyecto de Ordenanza estaría en contradicción con lo establecido en la Ordenanza 246 de junio de 2008, Plan de Desarrollo la cual en su artículo 20 estableció que se autoriza al Gobernador vender los bienes inmuebles de propiedad del Departamento, con el propósito de financiar los siguientes gastos: 15% con destino al FONPET de acuerdo con la Ley 549 de 1999 y un 15% para el FODEPVAC y el 70% restante para proyectos de inversión.
“De igual forma también estaría en contradicción con lo establecido en la Ordenanza 279 de diciembre 26 de 2008, la cual igualmente autorizó al Gobernador la venta de inmuebles, siempre y cuando no fueran necesarios para el funcionamiento de la Administración y se adicionaran los recursos del FONPET y FODEPVAC.
“Así mismo señala el Dr. Raymundo Tello lo emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el día 15 de septiembre de 2009 que en el análisis de impacto fiscal, resalta que se deben tener en cuenta los siguientes aspectos:
“Que el inciso 8 de la cláusula séptima de la modificación al Programa de Saneamiento Fiscal y Financiero del Departamento del Valle del Cauca, establece como cláusula de incumplimiento del convenio de desempeño `La enajenación, dación en pago o cualquier otro acto que implique disposición del bien o limitación al derecho de dominio, uso o usufructo de activos, para fines distintos a los estipulados en la presente modificación´.
“Que los activos que se entreguen a INFIVALLE no pueden ser vendidos dado que deben seguir garantizando los pasivos del Departamento en los términos del Plan de Desempeño.
“Por las consideraciones anteriores mi voto es negativo sobre el proyecto de Ordenanza No. 413 `Por el cual se autoriza al Gobernador del Departamento para ceder en propiedad al Instituto Financiero para el Desarrollo del Valle del Cauca INFIVALLE unos Bienes Inmuebles´. Para constancia en la Comisión del Plan de Desarrollo Económico y Social, firmo en Santiago de Cali a los 5 días del mes de noviembre de 2009”.